Obligación Tributaria

 

Obligación Tributaria

 

 Se denomina sistema tributario al conjunto de normas y organismos que rigen la fiscalización, control y recaudación de los tributos de un Estado en una época o periodo determinado, en forma lógica, coherente y armónicamente relacionado entre sí.

 

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad contributiva de los contribuyentes, de acuerdo con los principios de generalidad, progresividad, legalidad, no confiscatoriedad y la prohibición de obligaciones tributarias pagaderas con servicios personales. Las Normas de carácter tributario están consagradas en distintos capítulos de la Constitución Nacional, tales como: 1.- Se divide el Poder Público en Nacional, Estadal y Municipal, atribuyendo a cada rama sus principales competencias tributarias. Arts. 156,164, 178 CRBV. 2.- Se establece el deber de toda persona de coadyuvar a los gastos públicos, mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley. Art. 316 CRBV. 3.- Establece el principio de la justa distribución de cargas públicas según capacidad económica del Contribuyente, atendiendo a la progresividad. Consagra la eficiente recaudación de tributos. Art. 317 CRBV. 4.- Consagra el principio de legalidad tributaria para el cobro de impuestos, tasas y contribuciones. Prohíbe el carácter confiscatorio de los tributos. Art. 317 CRBV. 5.- Consagra que la evasión fiscal, sin perjuicio de otras penas, podrá ser castigada penalmente. Art. 317 CRBV. 6.- Prevé que toda ley tributaria fijará su lapso de entrada en vigencia y si no lo hace, se entenderá fijado en sesenta (60) días continuos. Esta disposición no limita la facultad del Ejecutivo Nacional en casos extraordinarios (leyes habilitantes). Art. 317 CRBV. 7.- Consagra la autonomía técnica, financiera y funcional de la Administración Tributaria Nacional. Art. 317 CRBV.

 

Obligación tributaria La obligación tributaria es toda aquella obligación que surge como consecuencia de la necesidad de pagar tributos para el sostenimiento de los gastos del estado. Ejemplo: • Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. • Expedición de facturas electrónicas por compra y venta de bienes o servicios. • Presentación de declaraciones anuales y provisionales. • Contabilidad electrónica. • Actualización de datos fiscales (tipo de contribuyente, actividades a realizar, domicilio, etc.). Protestad Tributaria Es la facultad o capacidad que tiene el poder público en su órgano ejecutivo otorgado de manera o forma directa por la constitución nacional para crear, modificar o extinguir tributos o impuestos. Por ejemplo: • El pago de la patente municipal. • Impuesto de Vehículos. Sujeto Activo El sujeto activo, en el ámbito de una relación jurídica, es una persona física o jurídica que tiene derecho a exigir el cumplimiento de una determinada obligación a otra persona, que será el sujeto pasivo. Por ejemplo: si dos personas han firmado un contrato de compraventa de una vivienda, la persona que vende es el sujeto activo y el comprador será el sujeto pasivo que tiene la obligación de pagar la cantidad acordada.

 

Sujeto Pasivo El sujeto pasivo es la persona física o jurídica sobre la que recaen las obligaciones tributarias, bien como contribuyente del impuesto o como su sustituto. Estas obligaciones son de dos tipos: La obligación tributaria principal es la del pago de la cuota. Además, existirán obligaciones formales como, por ejemplo, la presentación de modelos o la llevanza de determinados libros.

 

Base Imponible La base imponible es el monto de capital y la magnitud que representa el hecho imponible, esto es, la base que se utiliza en cada impuesto para medir la capacidad económica de una persona. Por ejemplo: el monto de una factura antes de aplicarle el impuesto de IVA

 

Hecho Imponible El hecho imponible es la circunstancia que marca el nacimiento de una obligación fiscal, es el supuesto fijado por la ley para modelar cada tributo y cuya realización haga el nacimiento de la obligación tributaria principal. Por ejemplo, obtener una renta o adquirir un bien o servicio.

 

Beneficios Fiscales El beneficio fiscal es el ahorro en las cuotas tributarias de los ingresos obtenidos procedentes de cualquier exención, deducción, bonificación o reducción fiscal. Lo cual serán los ahorros que se obtengan del patrimonio de una persona o entidad como consecuencia de pagar menos impuestos. Por ejemplo: la reducción por parentesco en el impuesto sobre sucesiones y donaciones. Deducciones sobre la cuota tributaria.

Extinción de la Obligación Tributaria La obligación tributaria se extingue cuando el acreedor de ésta se convierte en deudor de dicha obligación, como consecuencia de la transmisión o transferencia de los bienes o derechos que originen el tributo respectivo. Por ejemplo: la obligación fiscal se extinguirá por pago, por donación en pago, por prescripción, por condonación, por compensación, porque se anule o quede sin efecto el hecho generador, por insolvencia o muerte del deudor.

 

Impuestos Directos Los impuestos directos gravan de manera directa los ingresos o el patrimonio de los ciudadanos. Los impuestos directos recaen sobre cada persona con nombre y apellidos, es decir el ciudadano que deberá pagar el impuesto está claramente identificado. Además por este hecho el momento del devengo también está determinado e identificado. Por ejemplo: El Impuesto Sobre la Renta (ISR). Impuesto indirectos Los impuestos indirectos son aquellos impuestos que una persona debe pagar por el hecho de consumir o utilizar algo. Nos afectan a todos los ciudadanos por igual. Es decir, todos pagamos el mismo porcentaje de impuesto, independientemente del cual sea nuestro nivel de renta o poder adquisitivo. Por ejemplo: el IVA.


Comentarios